SelloSolidarioVEC: Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SelloSolidarioVEC

  1. La FUNDACIÓN VENCER EL CANCER (en adelante “VEC”) es una fundación sin ánimo de lucro, oficialmente reconocida como tal e inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 1163 y cuyo objeto o finalidad específico es impulsar la investigación sobre las causas y el tratamiento del cáncer, según consta en los sus estatutos de y que tiene como fines fundacionales, entre otros, apoyar la investigación contra el cáncer en España a través de los proyectos con los que VEC colabora, inspirar a los futuros investigadores para que se dediquen a la investigación oncológica y atraer talento desde el extranjero y concienciar a la sociedad para que se involucre en el apoyo de esta causa.
  2. VEC se encuentra comprendida dentro de las entidades del artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  3. VEC es consciente de la importancia que tiene para la sociedad actual y la relevancia que le da el público y las instituciones a la responsabilidad social corporativa que desarrollan algunas ENTIDADES, EMPRESAS O AUTÓNOMOS (en adelante EL PARTICIPANTE) y el deseo de aquellas que no la han desarrollado todavía por llevarla a cabo.
  4. Dadas las limitaciones que tienen algunas empresas para poder llevar a cabo esta responsabilidad social corporativa, VEC ha ha diseñado un programa responsabilidad social empresarial (RSE) cuyo nombre es el SelloSolidarioVEC y cuyo objetivo es permitir el uso de su distintivo (en adelante LA IMAGEN), propiedad de VEC, el sello propiamente dicho a las empresas que participen de este programa.
  5. LA IMAGEN del SelloSolidarioVEC certifica que EL PARTICIPANTE que se inscribe en el programa del SelloSolidarioVEC está interesada en desarrollar labores de responsabilidad social empresarial (RSE) y colaborar con VEC en el cumplimiento de sus fines fundacionales.
  6. La inscripción en el programa del SelloSolidarioVEC se realiza a través de la sección correspondiente de la Web de VEC venceelcancer.org y es necesario para llevarla a cabo la aceptación de estos términos y condiciones. Para otras modalidades de colaboración, por favor, ponerse en contacto con VEC escribiendo a info@vencerelcancer.org e indicando la propuesta en cuestión.

Así LA EMPRESA al aceptar estos términos y condiciones acepta colaborar con VEC

COMPROMETIÉNDOSE A

PRIMERO.-

1.- Incluir LA IMAGEN del SelloSolidarioVEC en su página web, y en aquellos casos en que no sea posible hacerlo por carecer de ella, exponerlo en un lugar perfectamente visible de su local o locales donde desarrolle su actividad. El uso de LA IMAGEN del SelloSolidarioVEC se permite única y exclusivamente a  EL PARTICIPANTE por colaborar con los fines sociales de VEC y su exposición pública cumple dos funciones perfectamente diferenciadas:

  1. Dar fe de la colaboración de EL PARTICIPANTE con los fines fundacionales de VEC, certificando las labores de responsabilidad social corporativa y
  2. la publicitación de la propia VEC frente a terceros y clientes.

2.- Colaborar económicamente con VEC mediante una donación mensual que será domiciliada por VEC a la cuenta bancaria de EL PARTICIPANTE, siendo el mínimo la cantidad de DIEZ EUROS (10,00 €) mensuales, si bien esta cantidad podrá ser incrementada a voluntad de EL PARTICIPANTE.

3.- Publicitar entre sus empleados, proveedores y clientes a través de su página web, boletín de noticias o comunicaciones habituales, la colaboración de EL PARTICIPANTE y de la actividad desarrollada por VEC para el cumplimiento de sus fines fundacionales.

4.- Así mismo EL PARTICIPANTE, podrá de forma voluntaria y no vinculante realizar otras actividades como las descritas aquí adelante:

  1. Colaborar, a través de su mediación, en la incorporación de nuevas empresas que se unan a acuerdos similares, idénticos a análogos al que suscribe.
  2. Para aquellas entidades que tengan su propia página web, en los locales abiertos al público, exponer en un lugar bien visible el cartel representativo del SelloSolidarioVEC.
  3. Donar un porcentaje de sus ventas o beneficios.
  4. Aplicar descuentos sobre sus productos y servicios para socios colaboradores de VEC.
  5. Participar como voluntarios, sin ningún tipo de ánimo de lucro, en aquellos eventos que VEC pueda organizar en el cumplimiento de sus fines fundacionales.
  6. Organizar eventos solidarios para recaudar fondos para VEC o dar a conocer su labor.
  7. Donar productos para su posterior subasta en eventos o mercadillos, cuya recaudación irá destinada a los fines fundacionales de VEC.
  8. Prestar servicios de forma gratuita para VEC.
  9. Realizar cualesquiera otras actividades que puedan servir para una mayor recaudación de aportaciones destinadas al cumplimiento de los fines fundacionales de VEC o a dar a conocer su labor.

SEGUNDO.-

VEC, por su parte, se compromete a asegurar que EL PARTICIPANTE realiza labores de responsabilidad social corporativa, para lo cual VEC le pondrá a disposición a través de su página Web LA IMAGEN del SelloSolidarioVEC, el cual será expuesto en la página web de EL PARTICIPANTE o si EL PARTICIPANTE no tuviera página web propia, EL PARTICIPANTE imprimirá el logo como una pegatina o cartel que acreditará en el o los locales donde desarrolle su actividad, la concesión del SelloSolidarioVEC.

TERCERO.-

VEC publicará en la sección del SelloSolidarioVEC de su página web una lista de todas aquellas personas físicas o jurídicas que hayan aceptado los presentes términos y condiciones y estén al corriente de sus pagos.

CUARTO.-

VEC, como entidad acogida a la Ley 49/2002 de 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo entregará AL PARTICIPANTE el preceptivo certificado por la donación económica que éste haya realizado, a los efectos previstos fiscalmente en aplicación de la desgravación que, en su caso, le puedan corresponder. Para ello EL PARTICPANTE se compromete a facilitar los datos fiscales actualizados para su presentación al ministerio. Este certificado se emitirá al finalizar el año fiscal y una vez sean presentados los datos al ministerio

QUINTO.-

VEC se compromete a utilizar los recursos recibidos en sus fines fundacionales.

SEXTO.-

La falta de pago por parte de EL PARTICPANTE del donativo establecido por ella misma dará lugar a que a aquélla le sea retirado el SelloSolidarioVEC por parte de VEC, así como a dar de baja a EL PARTICIPANTE como entidad colaboradora en el desarrollo de los fines fundacionales de VEC en su lucha contra el cáncer

SÉPTIMO.-

VEC pone a disposición de EL PARTICIPANTE una sección en su página Web para que EL PARTICPANTE pueda acceder a sus datos y corregirlos o darse de baja.

OCTAVO.-

EL PARTICPANTE no cometerá, autorizará, ni permitirá ningún acto que pudiera suponer o derivar en un incumplimiento de cualquier ley o reglamento en general y en especiallos referentes a anti-soborno, anti-corrupción, de prevención de blanqueo de dinero y de la financiación del terrorismo, reglamento general de protección de datos y el modelo de prevención de riesgos penales que pudiera ser aplicable, ya sean incumplimientos propios, o de sus dependientes, representantes, proveedores o empleados. VEC se reserva el derecho a denegar la admisión o en su caso suspender la participación a EL PARTICIPANTE si incurre en algún tipo de acto delictivo o fraudulento.  Estos reglamentos se muestran en detalle a continuación:

  1. Reglamento general de protección de datos (RGPD).

VEC y EL PARTICIPANTE se obligan a cumplir en todo momento con lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) y demás normativa vigente en materia de protección de datos personales que sea necesario con motivo de la aceptación de los presentes términos y condiciones.

De producirse un acceso a datos de carácter personal por alguna de las partes relacionado con alguna de las actividades llevadas a cabo para recaudar donativos para VEC o para promocionar su labor, la parte que accediese a dichos datos se compromete a adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias, previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (RGPD) con el objeto de garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Así mismo se comprometen a comunicar cualquier brecha de seguridad que ocurriera en un plazo de 72 horas para que la otra parte pueda tomar las medidas pertinentes para cumplir con la normativa.

Una vez finalizada la actividad que causó el acceso a los datos, estos serán destruidos en su totalidad o devueltos a la parte que los hubiera facilitado o a cuyo fichero o ficheros se hubiera accedido, así como los distintos soportes o documentos en los que tales datos pudieran constar.

En caso de que cualquiera de las partes destinase los datos a una finalidad distinta a la prevista en el presente Convenio o los comunicase o utilizase incumpliendo sus estipulaciones responderá personalmente de cualquier infracción en la que hubiera incurrido.

También se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos y los de limitación u oposición al tratamiento y, si considera que el tratamiento de datos personales no se ajusta a la normativa vigente, también tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.agpd.es).

  1. Cláusula anticorrupción

Ni VEC ni EL PARTICIPANTE cometerán, autorizarán, ni permitirán ningún acto que pudiera suponer o derivar en un incumplimiento de cualquier ley o reglamento antisoborno y/o anticorrupción que pudiera ser aplicable, ya sean incumplimientos propios, o de sus dependientes, representantes, proveedores o empleados. En particular, están afectados por esta prohibición los pagos ilegítimos a funcionarios públicos, a representantes de autoridades públicas o a sus familiares, amigos cercanos, o personas con ellos relacionados.

Cada una de las partes se compromete a no ofrecer, entregar, acordar la entrega, aceptar, o acordar la aceptación de ningún regalo, beneficio monetario, o de cualquier otro tipo que el destinatario no deba recibir por razón de la negociación, conclusión o cumplimiento de este Acuerdo, y que pueda ir dirigido a, o proceder de cualquier empleado, representante, proveedor, o tercero que actúe en nombre de la parte contraria.

Ambas partes se compromete a comunicar inmediatamente a la contraria todo conocimiento o sospecha específica de cualquier tipo de corrupción o soborno que tenga lugar en, o afecte a la negociación, conclusión o cumplimiento de este acuerdo.

Si, contraviniendo lo dispuesto en este acuerdo o en cualesquiera otras disposiciones establecidas entre las Partes, alguna de las Partes hiciera o entregara algún pago, regalo o beneficio prohibido; o si alguna de las partes tuviera motivos razonables para creer que tales pagos, regalos o beneficios están siendo realizados, se podrá resolver este acuerdo con efecto inmediato, de forma unilateral por instancia de una de las partes.

  1. Cláusula ley de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo

VEC y EL PARTICIPANTE se comprometen a cumplir con la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Para ello, entre otras medidas, tendrán la diligencia debida con respecto a la identificación del donante.  Y en caso de indicios, comunicar al SEPBLAC, cualquier operación sospechosa de estar particularmente vinculada al blanqueo de capitales (basta con tener indicios sobre ello) y abstenerse de la ejecución de operaciones sospechosas. Así mismo, llevaran a cabo el desarrollo de medidas de control interno.

  1. Modelo de prevención de riesgos penales

VEC y EL PARTICIPANTE se obligan a cumplir con su obligación de supervisión, vigilancia y control respecto de sus empleados, directivos o subordinados, implementando dentro de su organización su propio modelo de prevención de riesgos penales o bien adoptar controles internos para prevenir, detectar y evitar la comisión dentro de su organización de alguno de los delitos que cumpla con todos los requisitos que la legislación penal española exige para poder exonerar de responsabilidad penal a la persona jurídica

NOVENO.-

La aceptación de estos términos y condiciones implica que EL PARTICIPANTE se compromete a resolver de forma amistosa cualquier situación de discrepancia o litigio, que serán resueltas mediante arbitraje de una persona externa elegida por acuerdo entre las partes.

DÉCIMO.-

VEC se reserva el derecho a suspender este programa si fuera necesario por causa mayor.